Violencia familiar en Puebla
Pedir protección no puede esperar.
Si estás en peligro ahora, llama al 911. Para la parte legal: en Puebla las cuestiones de violencia familiar se tramitan en procedimiento privilegiado, el juez puede dictar medidas de inmediato y existen órdenes de protección que no exigen esperar a un proceso penal. Te ayudamos a pedirlas y a resolver lo que sigue: custodia, pensión, divorcio y casa.
- Art. 291 CC Puebla
- Art. 683, fr. IX CPC
- Atención discreta
Actualizado: Con base en los códigos vigentes del Estado de Puebla
En pocas palabras
El Código Civil de Puebla define la violencia familiar como la agresión física o moral, o la omisión, intencional, individual o reiterada, contra un miembro de la familia, que afecte su integridad física, psicoemocional o sexual (art. 291). Incluye la violencia vicaria: dañar a la madre a través de sus hijos. Quien la ejerce debe reparar los daños, y en lo penal es delito con prisión de dos a ocho años (Código Penal, art. 284 Bis).
Qué hacer hoy
Si vives violencia familiar en Puebla, esto puedes hacer hoy.
- Ahora
Llama al 911
Si estás en peligro inmediato, la prioridad es tu seguridad y la de tus hijos. Ninguna gestión legal va antes.
- Hoy
Orden de protección
En los distritos judiciales de Puebla y Cholula hay jueces auxiliares de lo familiar con turnos de 24 horas que pueden dictar órdenes de protección. El proceso penal no es requisito para pedirlas.
- Hoy
Centro de Justicia para las Mujeres
Para la denuncia por violencia familiar puedes acudir a la Fiscalía, al Ministerio Público especializado o al Centro de Justicia para las Mujeres, en 17 Poniente 1919, Barrio de Santiago, Puebla.
- Esta semana
Medidas en el juzgado familiar
Custodia provisional, pensión provisional, salida del agresor del domicilio o autorización para separarte: van por procedimiento privilegiado.
CPC, arts. 683-684 - Siempre
Guarda pruebas
Fotos de lesiones, certificados médicos, mensajes, audios, testigos y cualquier denuncia previa. Guárdalas fuera del alcance del agresor.
- Después
Resolver lo de fondo
Divorcio, custodia definitiva, pensión, convivencias supervisadas y la casa. Con la seguridad resuelta, se planea lo demás.
Lo que dice la ley en Puebla
Qué es la violencia familiar y qué consecuencias tiene.
La definición del Código Civil de Puebla (art. 291, fr. IV) abarca a cónyuges, concubinos, parientes, padrastros, hijastros, tutores y a cualquier persona que habite el mismo domicilio o con la que haya habido un vínculo familiar o afectivo. No exige que haya lesiones visibles: basta la afectación física, psicoemocional o sexual.
Cuando la víctima es una mujer, la ley precisa que la violencia en el ámbito familiar puede ser física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual, dentro o fuera del domicilio. Y desde agosto de 2022 reconoce expresamente la violencia vicaria: usar a las hijas y los hijos para dañar a la madre.
Las órdenes de protección se emiten conforme a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, y la autoridad puede dictar actos de protección de urgente aplicación, en función del interés superior de la víctima.
En lo familiar, la violencia tiene consecuencias directas: la patria potestad se acaba por violencia familiar reiterada (art. 627), se suspende por conductas de violencia que no constituyan delito (art. 633), la custodia puede modificarse por violencia vicaria (art. 634) y la convivencia puede restringirse o suspenderse por mandato judicial (art. 637).
En lo penal, el Código Penal de Puebla castiga la violencia familiar con dos a ocho años de prisión, multa y tratamiento, e incluye relaciones de hecho como el noviazgo (art. 284 Bis). Y cualquier persona o autoridad que sepa de un caso debe avisar al juez o al Ministerio Público (Código Civil, art. 292).
Cómo te ayudamos
Un abogado de violencia familiar de tu lado.
Las órdenes de protección te dan seguridad inmediata, pero no resuelven con quién se quedan los niños, quién paga la casa ni cómo terminar el matrimonio. Ahí entramos nosotros: pedimos las medidas provisionales en el juzgado de lo familiar y armamos el juicio de fondo con las pruebas de la violencia.
Atendemos con discreción. Puedes escribirnos por WhatsApp a la hora que puedas y te respondemos en cuanto salgamos de audiencia.
Si no estás lista o listo para un juicio, también está bien: en la asesoría te explicamos tus opciones para que decidas con información, sin presiones.

Paso a paso
Cómo llevamos un caso de violencia familiar.
El orden puede cambiar según la urgencia. Lo primero siempre es la protección.
ProtecciónSeguridad primero
Te orientamos para pedir la orden de protección y, si hay peligro, acudir al 911 o al Centro de Justicia para las Mujeres.
MedidasMedidas provisionales
En el juzgado de lo familiar: custodia y pensión provisionales, separación del domicilio, prohibición de acercarse.
CPC, art. 683, fr. IXPruebasDocumentar la violencia
Certificados médicos, dictámenes, mensajes, testigos y denuncias previas.
JuicioLo de fondo
Divorcio, custodia, convivencias supervisadas, pensión y reparación del daño.
CC, art. 291SeguimientoQue se cumpla
Si se violan las medidas o la sentencia, pedimos su cumplimiento y damos vista al Ministerio Público.
CC, art. 292
Reseñas en Google
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Opiniones de clientes del despacho en Google, tal como las publicaron.
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Preguntas frecuentes
Dudas sobre violencia familiar.
¿Qué es la violencia familiar según la ley de Puebla?
El Código Civil de Puebla la define como la agresión física o moral, o la omisión, intencional, individual o reiterada, que se ejerce contra un miembro de la familia o contra quien habita el mismo domicilio, con afectación a su integridad física, psicoemocional o sexual (art. 291). No exige lesiones visibles y reconoce la violencia vicaria, que daña a la madre a través de sus hijos.
¿Cómo pido una orden de protección en Puebla?
Puedes pedirla ante el Ministerio Público, la Fiscalía o el Centro de Justicia para las Mujeres (17 Poniente 1919, Barrio de Santiago), y en los distritos judiciales de Puebla y Cholula hay jueces auxiliares de lo familiar con turnos de 24 horas que pueden dictarla. No es requisito iniciar un proceso penal para solicitarla. Si estás en peligro inmediato, llama primero al 911.
¿La violencia familiar es delito en Puebla?
Sí. El Código Penal del Estado de Puebla castiga la violencia familiar con dos a ocho años de prisión, multa y tratamiento integral para el agresor (art. 284 Bis). El delito incluye a cónyuges, concubinos, parientes y relaciones de hecho, como el noviazgo. Además del proceso penal, la víctima puede promover medidas y juicios ante el juez de lo familiar.
¿Qué es la violencia vicaria?
Es la violencia que se ejerce contra una mujer usando a sus hijas e hijos para dañarla: manipularlos, descuidarlos o maltratarlos para lastimar a la madre. En Puebla está reconocida en el Código Civil desde el 3 de agosto de 2022 (art. 291) y es causa expresa para modificar la guarda y custodia de los hijos (art. 634).
¿Puedo pedir que el agresor salga de la casa?
Sí. En Puebla se pueden pedir medidas de protección y medidas provisionales ante el juez de lo familiar, como la salida del agresor del domicilio o la prohibición de acercarse, y en el divorcio el juez puede dictar de oficio medidas por violencia familiar. Estas cuestiones se tramitan en procedimiento privilegiado, que es la vía más rápida del Código de Procedimientos Civiles.
¿La violencia familiar afecta la custodia de los hijos?
Sí. En Puebla la violencia familiar reiterada acaba con la patria potestad, las conductas de violencia pueden suspenderla y la violencia vicaria permite modificar la guarda y custodia (Código Civil, arts. 627, 633 y 634). La convivencia del agresor con los hijos puede restringirse o suspenderse por mandato judicial cuando hay violencia familiar reiterada.
¿Necesito pruebas para pedir protección?
Para pedir una orden de protección en Puebla no se exige iniciar un proceso penal, y la autoridad debe actuar en función del interés superior de la víctima; aun así, cualquier prueba ayuda. Para el juicio familiar y el penal sí se necesitan pruebas: certificados médicos, fotos, mensajes, audios, testigos y denuncias previas. Guárdalas en un lugar seguro, fuera del alcance de quien ejerce la violencia.
¿Atienden casos de violencia familiar de forma discreta?
Sí. En nuestro despacho de Puebla atendemos con discreción y te respondemos por WhatsApp aunque estemos en audiencia. La asesoría cuesta $1,000 y en ella revisamos tu situación, las medidas que se pueden pedir y lo que conviene hacer después. Si hay peligro inmediato, la prioridad es llamar al 911.
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Primero tu seguridad. Después, todo lo demás.
Si estás en peligro ahora, llama al 911. Si necesitas orientación legal, escríbenos por WhatsApp y te respondemos lo antes posible.
